Con la llegada del buen tiempo, la apertura de piscinas comunitarias supone un reto organizativo para las comunidades de propietarios. Uno de los aspectos más importantes para garantizar la seguridad de los bañistas es la contratación de un servicio de socorrismo profesional, que cumpla con la normativa vigente en la Comunidad de Madrid. En este artículo abordamos con detalle todos los aspectos que deben tenerse en cuenta para contratar con garantías este servicio esencial.
1. Obligación legal de contar con socorristas
El primer punto a considerar es la obligatoriedad legal del servicio. Según la normativa sanitaria autonómica vigente, recogida en la Orden 1239/2021, de 28 de septiembre, es obligatorio contar con socorristas en piscinas de uso colectivo que cumplan con una de estas dos condiciones:
- Que pertenezcan a comunidades con más de 30 viviendas.
- Que tengan una lámina de agua superior a 500 m².
Este servicio debe estar activo durante todo el tiempo de apertura al baño, y su ausencia o la contratación de personal no cualificado puede suponer sanciones administrativas graves, además de un riesgo importante para la seguridad de los usuarios.
2. Titulación y formación del personal socorrista
No todos los profesionales que dicen ser socorristas cumplen los requisitos legales exigidos por la Comunidad de Madrid. Es imprescindible que los trabajadores cuenten con:
- Titulación oficial homologada, expedida por una entidad acreditada.
- Formación en primeros auxilios y uso de desfibriladores (DEA).
- Actualización cada dos años, como exige la normativa sanitaria autonómica.
Esta formación no solo capacita técnicamente al socorrista, sino que garantiza su preparación ante situaciones de emergencia como paradas cardiorrespiratorias, traumatismos, síncopes o atragantamientos.
¿Cómo verificar la validez de la titulación?
Las comunidades deben solicitar copia de los títulos y certificados de los socorristas antes de la contratación. Además, se recomienda comprobar que la entidad formadora está inscrita en el Registro Oficial de Entidades de Formación de Socorrismo Acuático de la Comunidad de Madrid.
3. Requisitos adicionales según el tamaño de la instalación
Cuando la piscina comunitaria cuenta con una lámina de agua superior a 500 m², la normativa establece que, además de socorristas, es obligatorio contar con la presencia de un profesional sanitario titulado, como un técnico en emergencias sanitarias (TES), un ATS/DUE o personal con formación específica en atención prehospitalaria.
Este profesional debe estar disponible durante todo el horario de apertura y contar con un botiquín equipado y material de reanimación, incluyendo un desfibrilador semiautomático externo (DESA).
4. Cobertura de turnos, bajas y sustituciones
Uno de los errores más frecuentes en la gestión del servicio de socorrismo es no prever los imprevistos. Un buen proveedor debe ofrecer una planificación completa que garantice:
- Cobertura de todos los turnos y días de apertura, incluidos fines de semana y festivos.
- Sustitución inmediata ante bajas, retrasos o ausencias del personal.
- Flexibilidad para adaptarse a las condiciones específicas de la comunidad: horarios, aforo, actividades especiales, etc.
La coordinación y supervisión del equipo debe ser responsabilidad de la empresa contratada, que además debe contar con personal de apoyo y supervisión para intervenir ante cualquier incidencia.
5. Responsabilidades del administrador de fincas
El administrador de fincas, en representación de la comunidad, tiene la obligación de verificar que el servicio contratado:
- Cumple con toda la normativa autonómica vigente.
- Cuenta con el personal titulado, asegurado y dado de alta en la Seguridad Social.
- Presenta un plan de prevención de riesgos adaptado a la instalación.
- Asegura una correcta gestión documental ante posibles inspecciones de Sanidad o Trabajo.
Además, es recomendable que el contrato contemple un seguro de responsabilidad civil que cubra tanto a los profesionales como a la comunidad ante cualquier incidente.
6. Documentación obligatoria
Toda comunidad con piscina debe contar, a disposición de los servicios de inspección, con una serie de documentos obligatorios. Entre ellos:
- Certificados de titulación de los socorristas.
- Justificantes de alta en Seguridad Social.
- Parte de servicios y turnos.
- Registro de limpieza y control del agua.
- Plan de mantenimiento de instalaciones.
- Protocolo de actuación ante emergencias.
Disponer de esta documentación actualizada es esencial para pasar con éxito las inspecciones que realiza cada verano la Dirección General de Salud Pública.
7. Aspectos contractuales: qué debe incluir el contrato de socorrismo
Para proteger tanto a la comunidad como a los propios trabajadores, el contrato de servicios de socorrismo debe incluir, al menos, los siguientes aspectos:
- Duración del servicio, horarios y fechas de cobertura.
- Número de socorristas y, en su caso, personal sanitario.
- Detalle de la formación y titulación exigida.
- Cláusula sobre sustituciones automáticas en caso de ausencia.
- Responsabilidad de la empresa en la gestión y supervisión del servicio.
- Seguro de responsabilidad civil.
- Posibilidad de penalización por incumplimiento.
Una redacción clara y detallada evitará conflictos posteriores y garantizará el correcto funcionamiento del servicio durante toda la campaña de verano.
8. La importancia de contratar con empresas especializadas
Aunque pueda parecer tentador contratar a socorristas de manera individual para ahorrar costes, esta práctica entraña numerosos riesgos legales y organizativos. Las empresas especializadas en servicios de socorrismo, como Grupo Ocean, ofrecen:
- Personal preseleccionado, con formación actualizada y experiencia contrastada.
- Cobertura garantizada durante toda la temporada.
- Asesoramiento normativo.
- Gestión documental integral.
- Supervisión y atención ante incidencias.
Estas empresas actúan como interlocutoras únicas ante inspecciones, garantizando la tranquilidad tanto para el administrador como para la comunidad de propietarios.
9. Consejos para una contratación sin sorpresas
Antes de cerrar la contratación del servicio, se recomienda:
- Solicitar referencias a otras comunidades.
- Verificar la experiencia de la empresa en servicios de socorrismo.
- Confirmar que disponen de personal de reserva suficiente para garantizar coberturas.
- Asegurar que hay un canal de comunicación operativo (coordinador, teléfono de incidencias, etc.).
- Solicitar una visita previa a la instalación para adaptar el servicio a las características concretas de la piscina.
10. Tranquilidad para todos
El objetivo último de un buen servicio de socorrismo es garantizar la tranquilidad y seguridad de los vecinos. En una piscina comunitaria, donde conviven niños, personas mayores y familias, contar con un equipo profesional marca la diferencia entre un verano seguro o un riesgo innecesario.
¿Necesitas ayuda profesional?
En Grupo Ocean ofrecemos un servicio integral de socorrismo en la Comunidad de Madrid, con cobertura completa, personal titulado, atención personalizada y gestión documental adaptada a cada instalación. Nos encargamos de todo para que tú solo tengas que preocuparte de disfrutar del verano con seguridad.
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